La Declaración Jurada Informativa Reporte Local es una obligación para los contribuyentes con transacciones en el ámbito de aplicación de precios de transferencia; es decir, con transacciones realizadas con partes vinculadas; o a las que se realicen desde, hacia o a través de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición; o a las que se realicen con sujetos cuyas rentas, ingresos o ganancias provenientes de dichas transacciones están sujetos a un régimen fiscal preferencial.
Los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar la declaración son aquellos que en el ejercicio gravable cumplan las siguientes condiciones:
Condiciones |
Obligación de la Declaración del Reporte Local |
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1. Sus ingresos devengados hayan superado las 2,300 UIT (S/ 10,580,000 en el año 2022); y |
2. Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas |
Presentar el Anexo I del Reporte Local |
2. Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a 400 UIT (S/ 1,840,000 en el año 2022). |
Presentar los Anexos II, III y IV del Reporte Local |
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2. Transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas |
Presentar los Anexos II, III y IV del Reporte Local |
Se exceptúa de la obligación de presentar la declaración:
• A las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales para efectos del Impuesto a la Renta que no generan rentas de tercera categoría.
• A las empresas que, según el Decreto Legislativo N.° 1031 que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, conforman la actividad empresarial del Estado, así como a las empresas del Estado pertenecientes al nivel del gobierno regional y local a las que se aplica la primera disposición complementaria transitoria y modificatoria del citado decreto legislativo.
PERÍODO TRIBUTARIO |
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC |
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0 |
1 |
2 y 3 |
4 y 5 |
6 y 7 |
8 y 9 |
BUENOS CONTRIBUYENTES Y UESP |
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0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 |
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May-23 |
15 |
16 |
19 |
20 |
21 |
22 |
23 |
Jun |
Jun |
Jun |
Jun |
Jun |
Jun |
Jun |
Para la presentación de la Declaración Jurada Anual Informativa de Precios de Transferencia – Reporte Local, se utilizará el Formulario Virtual N° 3560 exclusivamente a través de SUNAT Virtual que está disponible en http://www.sunat.gob.pe.
Para tal efecto, los contribuyentes deben:
a. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su código de usuario y clave SOL.
b. Ingresar a la opción: Presento mis declaraciones informativas / Informativas / Presentación de declaraciones informativas.
c. Seleccionar como tipo de declaración Formulario Virtual y como N.° Formulario Precios de Transferencia – Reporte Local.
d. Consignar la información que se detalla en los anexos I o II de la Resolución de Superintendencia, según corresponda, y adjuntar los archivos en formato pdf y excel de acuerdo con los anexos III y IV de la Resolución de Superintendencia, respectivamente, cuando corresponda, siguiendo las indicaciones establecidas en dicho formulario.
La información que corresponda a los anexos III y IV se debe elaborar en el formato indicado e importarla al mencionado formulario.
A efecto de presentar la declaración, los contribuyentes obligados deben seguir las indicaciones del sistema.
Base Legal: Artículo 5° y 6° de la Resolución de Superintendencia N° 14- 2018/SUNAT.
La multa por la no presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local es de 0.6% de los ingresos netos, que no podrá ser menor al 10% de la UIT, ni mayor a 25 UIT.